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Trámites

Programa. Primeros días

Apoyo de carácter personal a través de una Auxiliar de Hogar para ayudar a la familia, especialmente a la madre, en los cuatro meses siguientes al nacimiento de uno o varios hijos, facilitando la adaptación a las nuevas circunstancias familiares.
La duración de esta prestación es de 14 hasta 100 horas, según la necesidad y las características familiares. 
 

  • Prestaciones:
    - Tareas de atención personal y cuidados especiales, apoyo en el aseo e higiene personal de la madre; ayuda en la atención al recién nacido; apoyo a los cuidados sanitarios; cuidado y atención de los menores que se dejen a cargo del auxiliar.
    - Tareas generales del hogar: limpieza, cocinado de alimentos, compras domésticas.
  • Órgano gestor
    Público * Municipal * Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales
  • Destinatarios
    - Familias monoparentales (un solo progenitor ya sea padre o madre o responsable legal del menor).
    - Familias numerosas (a partir del nacimiento del tercer hijo/a).
    - Partos múltiples.
    - Familias con personas con discapacidad.
  • Requisitos
    Presentar solicitud en el Registro del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales desde un mes antes a la fecha prevista del parto, hasta un mes después del mismo.
    Se requiere estar los padres empadronados en el municipio de Madrid. 
  • Inscripción - Solicitud

    Registro del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales - Registro de los Distritos Municipales. - A través de Internet.

  • Importe
    Gratuito
  • Documentación
    - Solicitud en impreso específico, que puede descargarse pinchando el enlace adjunto.
    - Fotocopia del Libro de Familia donde conste la inscripción del menor (el libro de familia se presentará en el momento en que se pueda hacer efectiva la prestación de ayuda a domicilio del programa primeros días).
    - Fotocopia de documento acreditativo de condición de familia numerosa, en su caso.
  • Tramitación
    1. Registro de la instancia de solicitud en los lugares anteriormente indicados.
    2. Concertación de entrevista domiciliaria por parte del coordinador de la empresa que presta el servicio.
    3. Entrevista en el domicilio donde el coordinador recogerá la documentación a presentar y se determinaran el tipo de prestaciones y horario de las mismas teniendo en cuenta las necesidades expresadas por la unidad familiar.
    4. Una vez finalizadas las prestaciones, cumplimentación de cuestionario y certificación de que se han llevado a cabo las mismas.
  • Fundamento Legal
    Ley 11/2003 de 27 marzo 2003. BOCM Núm. 88 de 14 abril 2003.
    Decreto 88/2002 de 30 mayo 2002. BOCM Núm. 136 de 19 junio 2002.
    Real Decreto 331/1997 de 7 Marzo 1997. BOE Núm. 73 de 26 marzo 1997.

Leyenda

  • Con certificado digital Con certificado digital
  • Sin certificado digital Sin certificado digital
  • Autoliquidación Autoliquidación
  • Impresos Impresos



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