trámites y gestiones

Está en:

Trámites

Servicio de Estacionamiento Regulado (SER). Solicitud de distintivo de residente temporal empadronado fuera de la Comunidad de Madrid

 Información General

Podrán solicitar el distintivo los residentes temporales en un domicilio del área del SER empadronados fuera de la Comunidad de Madrid que dispongan de un vehículo en cualquiera de estas tres modalidades:

  • Como titular (domiciliación del vehículo coincidente con empadronamiento del propietario).
  • Mediante contrato de renting/leasing.
  • Como retribución en especie.

En el supuesto de poseer más de un vehículo (como titular, o acreditando renting/leasing o retribución en especie) podrá otorgarse distintivo adicional para segundo o sucesivos vehículos, cuando en el mismo domicilio de empadronamiento del titular ( aportar su DNI o Permiso de Conducción) esté empadronado (o acredite ser residente temporal) su cónyuge, parientes en primer grado de consanguinidad o pareja de hecho y que, sin tener otro distintivo en vigor, aporte Permiso de Conducción y Libro de Familia o certificado de pareja de hecho. El número máximo de distintivos coincidirá con el de Permisos de Conducción referidos que se puedan aportar.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid, no tendrán la consideración de residentes a efectos de obtención de distintivo de residente, las personas que sean adjudicatarias de una plaza de estacionamiento en Aparcamientos de Residentes (PAR), o de Uso Mixto, excepto cuando sean propietarios de más de un vehículo, en cuyo caso, se facilitarán distintivos para el exceso de vehículos, siempre que se cumplan los requisitos habituales de residencia, disposición de vehículo y aportación de Permiso de Conducción de familiar empadronado o residente temporal en el mismo domicilio de Zona S.E.R. que el interesado solicitante.

En las calles delimitadoras entre zonas, los residentes podrán estacionar en la acera más cercana al interior de su zona; en las calles límite exterior del Área del S.E.R. los residentes podrán estacionar en ambas aceras reguladas de dichas calles límite exterior de su zona.

  • Inscripción - Solicitud


    Esta solicitud no tiene plazo (salvo en los supuestos de solicitud de renovación anual) y se realizará presencialmente (salvo en los casos de renovación anual por correo). La solicitud se presentará en la Sección de Transporte Regulado, en todos los supuestos. Para este trámite es imprescindible concertar cita previa. 

  • Datos de pago


    Modalidades:

    1. Pagando el importe del abonaré en alguna de las entidades financieras colaboradoras (ver apartado Importe). A partir de las 13,30 horas el abono de la tasa se efectuará mediante tarjeta bancaria en la propia oficina municipal.
    2. Por Banca Telefónica hasta las 20 horas del último día del período voluntario.
    3. A través de Internet hasta las 20 horas del último día del período voluntario, mediante: Tarjeta de crédito o débito, Banca Electrónica o Certificado electrónico clase 2CA.
  • Importe
    TASAS PARA 2010:
    - Anual: 24,60 euros.
    - Mensual: 2,05 euros.
    - Primer trimestre natural: 6,15 euros.

    - Entidades financieras colaboradoras (desde el 31 de julio de 2009): Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA), Banco Popular Español, Banco Santander, Caja Madrid, Ibercaja y La Caixa.
    - Tarjetas admitidas: Visa, Visa Electrón, MasterCard y Maestro.

  • Documentación

    * Las certificaciones, declaraciones, recibos o domiciliaciones deberán presentarse con fecha actualizada (máximo 3 meses).

  • Tramitación

    Tras aportar el justificante de pago presencialmente en la Sección de Transporte Regulado, se obtiene el distintivo en el momento.

    • En los casos de pago por Banca Telefónica o Internet, una vez registrado el cobro en registros municipales a partir de los cuatro días siguientes, el distintivo será emitido y quedará en la Sección de Transporte Regulado para su retirada por el interesado.
    • Si el usuario lo hubiera indicado expresamente al obtener su abonaré, podrá recibir el distintivo en su domicilio por correo certificado en el plazo de doce días.
  • Documentación

1.- En TODOS los casos se aportará original o fotocopia compulsada de:

Cuando la gestión no sea realizada por el titular del vehículo, se aportará la siguiente documentación:

  • Autorización firmada por el titular donde consten nombre y apellidos y número de D.N.I. tanto del titular como de la persona autorizada.
  • Fotocopia del D.N.I. del titular (original en caso de nacionalidad extranjera).
  • D.N.I. original de la persona autorizada.

1.1. DNI  del residente interesado (domiciliado en el mismo lugar de su empadronamiento) o Permiso de Conducción

  • (a) En caso de tramitación referente al vehículo ante Tráfico, se aportará además el Justificante de la DGT o el de gestor administrativo colegiado. 
  • (b) En caso de vehículos con matrícula extranjera deberá aportarse, además, el original del Permiso de Circulación.

1.2. Certificado de empadronamiento del lugar de origen (la domiciliación del vehículo en propiedad deberá ser coincidente con dicho domicilio de empadronamiento del residente).
 
1.3. Acreditación del domicilio, en Zona SER, en el que transitoriamente viva el interesado, mediante alguno de los siguientes documentos (original y fotocopia):

  • Recibo o domiciliación bancaria de algún gasto o consumo derivados de un contrato de suministro de la vivienda (agua, gas, electricidad, teléfono, ...), en los que conste la identidad del solicitante y el domicilio.
  • Contrato de arrendamiento en papel timbrado (si hubiere transcurrido más de un año desde su fecha de celebración, se acompañará del último recibo del pago del arrendamiento).
  • Escritura de Propiedad de la vivienda a nombre del solicitante.


2.- En caso de RENTING/LEASING, se presentará además original y fotocopia de contrato, anexo, o certificado de la empresa arrendadora, donde figuren los datos del arrendamiento (arrendador, arrendatario, matrícula, fecha de inicio y vencimiento). 

  • (a) Cuando figure como titular del vehículo la empresa arrendataria, habrá que aportar, además, el último recibo del pago del Leasing.
  • (b) Si el contrato figura suscrito a nombre de una empresa, deberá acompañar declaración del representante legal de la misma en la que se indique la relación laboral con el residente y la adscripción del vehículo (aportar, además, fotocopia). Cuando el propio residente ostente la representación legal de la empresa, deberá aportar sus Escrituras de Constitución o Poder ante Notario que lo acredite, o si es autónomo, Certificación de Alta en el Régimen de Autónomos.


3.- En caso de RETRIBUCIÓN EN ESPECIE, se presentará además, original y fotocopia la Póliza del Seguro del vehículo, en el que conste el residente como conductor habitual y certificación de la empresa remuneradora propietaria del vehículo (cumplimentando el impreso municipal destinado al efecto).
 
Cuando el propio residente ostente la representación legal de la empresa, deberá aportar sus Escrituras de Constitución o Poder ante Notario que lo acredite, o si es autónomo, Certificación de Alta en el Régimen de Autónomos.


Documentación asociada

Acceda al listado completo de archivos relacionados con este contenido

Información relacionada

Leyenda

  • Con certificado digital Con certificado digital
  • Sin certificado digital Sin certificado digital
  • Autoliquidación Autoliquidación
  • Impresos Impresos



Ayuntamiento de Madrid, 2009. Todos los derechos reservados