www.munimadrid.es

Idioma

Selección de lenguaje

Buscar

Está en:

Trámites

Tarjeta especial de estacionamiento para personas discapacitadas con movilidad reducida. Solicitud y renovación

  • La tarjeta será estrictamente personal y sólo podrá ser utilizada cuando su titular sea transportado en el vehículo o éste sea conducido por la persona con movilidad reducida titular de la misma.
  • La posesión de la tarjeta permite estacionar en cualquiera de los lugares específicos señalizados como reservas de estacionamiento para minusválidos.
  • Será válida también para estacionar en los lugares específicamente señalizados al efecto, gratuitamente y sin limitación de horario en:
    - Las zonas reservadas a carga y descarga.
    - Las zonas de aparcamiento verdes y azules.
    - En lugares donde esté prohibido el estacionamiento mediante señales, ateniéndose en todo caso a las indicaciones de los Agentes de Movilidad y Policía Municipal.

    Existen excepciones a estos casos, quedando prohibido el estacionamiento en:
    - Zonas peatonales, andenes o aceras y pasos de peatones.
    - En los lugares en los que esté prohibida la parada.
    - En pasos de vados o salidas de emergencia, o en espacios que reduzcan carriles de circulación (doble fila).
  • La validez de la tarjeta vendrá especificada en la misma, dependiendo de la edad del titular y de las características del dictamen sobre la movilidad.
  • La tarjeta tendrá validez en todo el territorio nacional.
  • Órgano gestor
    Dirección General de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.
  • Destinatarios
    Personas con discapacidad de movilidad reducida.
  • Requisitos
    - Residir y estar empadronado dentro del término municipal de Madrid.
    - Tener la consideración de personas con dificultad de movilidad para utilizar transportes colectivos. Esto significa que el Baremo de Movilidad reflejado en el Certificado de Minusvalía debe ser positivo o superior a 7 puntos (dificultades en el aparato locomotor y miembros inferiores). No se establece un grado mínimo de minusvalía explícito.
  • Inscripción - Solicitud
    • Por correo ordinario, dirigido al Negociado de Autorizaciones de Estacionamiento.
    • Presencialmente en las Oficinas Municipales de Registro, Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes.
  • Documentación
    • Impreso normalizado de solicitud, que puede recogerse en cualquier registro municipal, o descargarse en esta misma página (sección "Tramitación").
    • Original y fotocopia del Certificado de Minusvalía con el Dictamen Técnico Facultativo, expedido por el Centro Base de la Comunidad de Madrid, en el que quede reflejada la valoración, declaración y calificación del grado de minusvalía (grado total y baremo de movilidad).
    • Dos fotografías tamaño carné actualizadas.
  • Renovación de la tarjeta
    - Mayores de 18 años con dictamen permanente: renovación a los 5 años.
    - Mayores de 18 años con dictamen temporal: renovación en la fecha en que termine el plazo de validez.
    - Menores de 18 años: la renovación se producirá en la fecha señalada por la temporalidad y no podrá ser superior a dos años. Exige que el interesado presente nuevo dictamen.
    - El interesado deberá presentar la solicitud tres meses antes de la caducidad.
    - En todos los casos, la entrega de la nueva tarjeta requiere que el interesado entregue la antigua en el Negociado de Autotizaciones Especiales (ver sección "Información relacionada" > "Instalaciones y servicios") del Ayuntamiento de Madrid.
  • Extravío o robo de la tarjeta
    En caso de extravío o robo de una tarjeta en vigor, y para poder solicitar un duplicado, es obligatorio:
    - Hacer la denuncia pertinente ante la Policía Nacional, y presentar el escrito de la misma junto a fotocopia.
    - Rellenar un ejemplar de tipo Instancia General (descargable en la sección "Tramitación") con los motivos y circunstancias que llevan a la solicitud de un duplicado (apartado "EXPONE:").
    - Presentar dos fotografías tamaño carné actualizadas.
  • Cambio de vehículo (sólo tarjetas antiguas)
    Este trámite sólo es necesario cuando la Tarjeta es del tipo de modelo antiguo (anterior a 2007), que incorpora impresa en la misma la matrícula del vehículo. En este caso, se debe proceder de la misma manera que si lo que se hiciera fuera una solicitud nueva, con el añadido de que existe la obligación de entregar la Tarjeta antigua con la matrícula del vehículo anterior en el Negociado de Autorizaciones Especiales.
  • Fundamento Legal
    - Instrucción reguladora de las Tarjetas de Estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida del Concejal de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad, 26 de abril, 2007.
    - Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid. Acuerdo Pleno de 26 de septiembre 2005. BOCM Núm. 247 de 17 octubre 2005 (art. 65.5).




Ayuntamiento de Madrid, 2009. Todos los derechos reservados